TRÁMITE
Alta en el Padrón municipal de habitantes
CENTRO DE ATENCIÓN
DESCRIPCIÓN
El Padrón municipal es el registro administrativo donde constan los vecinos de un municipio. Sus datos constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo. Las certificaciones que de dichos datos se expidan tendrán carácter de documento público y fehaciente para todos los efectos administrativos. Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente. Quien viva en varios municipios deberá inscribirse únicamente en el que habite durante más tiempo al año. La inscripción de extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente deberá ser objeto de renovación periódica cada 2 años.
QUIEN LO PUEDE SOLICITAR
Aquellas personas que cumplan con los requisitos legalmente establecidos al efecto.
La inscripción de menores deberán realizarla sus progenitores o personas que ostenten la guarda y custodia.
En caso de residencia de ancianos, autorización del gerente o representante legal de la residencia con el sello y fotocopia del DNI en vigor. Lo mismo para entidades colectivas.
DONDE SE SOLICITA
Oficina de Atención al Ciudadano Plaza del Presidente Adolfo Suárez, 28260 Galapagar (Madrid) Teléfono: 91 858 78 00. Horario de atención al público:
COMO SE REALIZA EL TRÁMITE
1.ALTA O CAMBIO DE DOMICILIO EN EL PADRON MUNICIPAL:
a) Para los supuestos de vivienda en propiedadb) Para los supuestos de vivienda en alquiler
c) Para los supuestos de establecimientos colectivos
d) Supuestos de alta de Menores
e) Supuestos de alta por nacimiento
INFORMACIÓN ADICIONAL
NO SE ADMITIRAN Contratos de Alquiler de Habitaciones, Estudios, Trasteros O Uso Distintos a la Vivienda. Recibos De Suministros, Seguros, Etc.
NORMATIVA LEGAL
- Ley 39/2015 del Procedimiento Advo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 7/1985, de 2 de abril, bases del Régimen Local (BOE núm. 12/01/1996 y BOE 21/11/2003).
- Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio (BOE 16/01/1997 y BOE 03/01/2001).
- Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal publicado en BOE 02-05-2020.
UNIDAD RESPONSABLE
La unidad de Estadística