TRÁMITE
Certificado de empadronamiento
CENTRO DE ATENCIÓN
DESCRIPCIÓN
El Certificado de empadronamiento es el documento que acredita fehacientemente el hecho del empadronamiento y tiene carácter de documento público.
QUIEN LO PUEDE SOLICITAR
Lo puede solicitar el interesado previa identificación (DNI, NIE o pasaporte) o un representante aportando su DNI original y una autorización firmada por el interesado con copia de su documento de identidad. Si se trata de un menor, se presentará el Libro de familia o documento que acredite la guarda y custodia del mismo.DONDE SE SOLICITA
Oficina de Atención al Ciudadano Plaza del Presidente Adolfo Suárez, 28260 Galapagar (Madrid) Teléfono: 91 858 78 00. Horario de atención al público: Lunes - Viernes 8:30 - 13:30 - o a través de la Sede Electrónica mediante PIN24 o certificado digital.
COMO SE REALIZA EL TRÁMITE
Hay que presentar en la OAC la solicitud de expedición de documentos haciendo referencia al motivo para el que debe expedirse el Certificado y acompañar resguardo de haber realizado el previo pago de 5€ (Entidad: BANCO SANTANDER número de cuenta: IBAN ES14 0049 4859 42 2510002501). Para su retirada el interesado debe presentar su identificación original (DNI, NIE o pasaporte) y si es un representante debe aportar su DNI original y una autorización firmada por el interesado con copia de su documento de identidad.INFORMACIÓN ADICIONAL
El Certificado de empadronamiento tiene validez de 3 meses. Tiene carácter de documento público y fehaciente para todos los efectos administrativos. Es expedido por el Secretario del Ayuntamiento con el Visto Bueno de Alcaldía, o de las personas en quienes deleguen.NORMATIVA LEGAL
Resolución de 1 de abril de 1997, de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director general de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del padrón municipal (BOE 11/04/1997). Ley 7/1985, de 2 de abril, bases del Régimen Local (BOE núm. 12/01/1996 y BOE 21/11/2003). Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio (BOE 16/01/1997 y BOE 03/01/2001).IMPRESOS
UNIDAD RESPONSABLE
Padrón